25 DE mayO DE 2011 3 COMENTARIOS

Impuesto de circulación



impuesto de circulacion

 

Seguramente, si tenemos vehículo ya hemos recibido el impuesto de circulación que nos envía el ayuntamiento. El consistorio nos envía el impuesto de circulación, ya que es una tasa directa, que gestiona directamente por su cuenta, tal y como señala la ley.

El impuesto se aplica a la mayoría de los vehículos matriculados, excepto algunas excepciones: vehículos de baja y no aptos para circular, autobuses de transporte público con más de 9 plazas, ambulancias, tractores, remolques, propietarios de vehículo que tengan movilidad reducida, vehículos de colección, coches con un permiso puntual para circular en carreras, vehículos de representaciones diplomáticas y de administraciones pública y coches de defensa y seguridad.

El importe que se tiene que abonar es distinto en cada ayuntamiento y está en función de: la potencia del coche y la ecología del coche.  En el país vasco es donde más alto es el impuesto de circulación como se puede ver en esta noticia que recoge las Tarifas del Impuesto de Circulación en 2011 en San Sebastián.

Como hemos dicho, el recibo del impuesto de circulación coincide con el año natural. Se prorratean por trimestres naturales en caso de primera adquisición o en caso de baja definitiva del vehículo. Además, se prorratea la cuota si hay baja temporal por sustracción o robo del vehículo, desde el momento en que se produzca dicha baja temporal en el Registro público correspondiente.

La persona que paga anualmente el impuesto de circulación es el titular del vehículo en el permiso de circulación. El impuesto se aplica independientemente de la clase y naturaleza del vehículo.

 

 

Fuente de imagen: Google

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